Réplicas: el mercado ilegal que golpea empresas, empleo y al Estado

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Foto: Polícia Fiscal y Aduanera

Alejandro Poveda

Alejandro Poveda

07 de julio del 2026 - 12:37 pm

Las imitaciones, aunque comunes en el mercado colombiano, terminan financiando economías ilegales y afectando la generación de empleo y la recaudación de impuestos.

La venta de réplicas de camisetas deportivas, zapatos, perfumes, licores y otros productos se han convertido en una escena cotidiana en las calles y el comercio informal colombiano. Aunque para muchos varios consumidores representan una alternativa más económica, detrás de estos artículos también existe una problemática que va mucho más allá del precio: La falsedad marcaria y el contrabando, dos delitos que afectan a las empresas, reducen el recaudo de impuestos y fortalecen las economías ilegales.

Así lo explicó Milton Perdomo, docente de Derecho del Politécnico Grancolombiano, en entrevista con ‘Revista de la Mañana’, programa de La Verdadera Alternativa de la Radio, donde quien aclaró las diferencias entre ambos delitos y las consecuencias jurídicas que enfrentan quienes participan en estas actividades.

De acuerdo con el experto, la falsedad marcaria consiste en alterar o utilizar de manera fraudulenta los elementos que identifican un producto o una marca registrada para hacerlo pasar como auténtico. Esta conducta puede presentarse tanto en la modificación de elementos de identificación de bienes, como en la fabricación y comercialización de artículos que imitan marcas reconocidas mediante ya sea en el uso de logotipos, etiquetas, envases o diseños similares, engañando al consumidor sobre su verdadero origen.

 

 


Aunque suelen ir de la mano, la falsedad marcaria y el contrabando corresponden a conductas distintas. La primera busca hacer pasar un producto por otro mediante la utilización indebida de una marca mientras que la otra práctica consiste en ingresar mercancías al país sin cumplir los controles aduaneros o por medio de mediante operaciones prácticas como la subfacturación, es decir, declarar un valor inferior al real y así reducir el pago de impuestos.

“El contrabando tiene que ver con la forma en que se introducen al país mercancías para su distribución. Es decir, bienes que deberían pasar por un control aduanero y no lo hacen. Eso es una manera de contrabandear. Otra es cuando yo realizó el trámite de importación efectivo, pero al momento de cuando reportar ese proceso de importación a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, lo hago por debajo de la cantidad real del producto importado”, aclaró Perdomo, señalando que ambos delitos pueden presentarse simultáneamente cuando en los artículos falsificados que ingresan ilegalmente al territorio nacional.

Siguiendo ese orden, quienes participan en la falsificación marcaria pueden enfrentar tanto procesos administrativos como investigaciones penales que podrían derivar en penas de entre 16 a 90 meses de cárcel. Por su parte, en materia de contrabando, la DIAN puede imponer sanciones económicas, mientras que la Fiscalía General de la Nación puede adelantar procesos penales cuando existan evidencias suficientes de la conducta delictiva.

 

 

 


En el caso de la falsedad marcaria, la legislación colombiana también contempla sanciones penales para quienes fabriquen, alteren o comercialicen productos utilizando de manera ilegal marcas registradas. Así mismo, cuando estas actividades ponen en riesgo la salud pública, como ocurre con la fabricación y distribución de licores adulterados o medicamentos falsificados, pueden configurarse otros delitos adicionales, lo que incrementa la responsabilidad de los involucrados.

Uno de los interrogantes más frecuentes entre los consumidores tiene que ver con la responsabilidad de quien adquiere un producto falsificado. Según explicó el experto en Derecho, el usuario final no incurre, en principio, en una responsabilidad penal por comprar una réplica. Sin embargo, advirtió que existe una dimensión ética, ya que este tipo de compras alimenta mercados ilegales y afecta a las empresas que cumplen con la normatividad.

Ambos fenómenos tienen consecuencias económicas tanto para el sector público como para el privado. Por un lado, el Estado deja de recaudar recursos provenientes de impuestos y aranceles que financian programas sociales e inversiones públicas. Por otro, las empresas que producen y comercializan legalmente sus productos enfrentan una competencia desigual frente a mercancías que llegan al mercado con costos significativamente menores al evadir obligaciones tributarias y regulatorias. Esto termina impactando la generación de empleo formal, reduce la competitividad empresarial y debilita las condiciones para el crecimiento económico.

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