¿A quiénes impacta el nuevo impuesto para modernizar el alumbrado en Bogotá?
Foto: Pixabay
A partir de 2027 los bogotanos pagarán una sobretasa para financiar la transformación lumínica de la ciudad. Conozca en qué se invertirá y a cuánto equivale.
El Concejo de Bogotá dio luz verde a la creación de un nuevo cobro para mejorar el alumbrado público de la ciudad. Se trata de una sobretasa que será cobrada a partir del 2027 por medio del impuesto predial, con una tarifa diferencial según la naturaleza del predio, su caracterización y el estrato.
La iniciativa fue presentada y aprobada en el marco de la reforma tributaria propuesta por la administración de Carlos Fernando Galán en donde, con 23 votos a favor y 20 en contra, los concejales apoyaron el artículo con el que la capital avanzará hacia una transformación tecnológica con un sistema de iluminación LED con monitoreo remoto, sensores y cámaras no solo dirigidos a optimizar el uso energético en el espacio público sino también a consolidar zonas más seguras para la ciudadanía.
💡 ¿Quién asumiría el costo de modernizar el alumbrado público de Bogotá?
Elkin, habitante de la localidad de Kennedy, le hizo esta pregunta a la secretaria de @HaciendaBogota @CadenaAnaMa.
Conoce su respuesta. 👇#BogotáCiudadInteligente pic.twitter.com/AYYtEVldYT
— Hacienda Bogotá (@HaciendaBogota) September 17, 2026
Según explicó la Secretaría de Hacienda, el nuevo cobro no será igual para todos los sectores, será cobrado de manera anual en el impuesto predial y cobijará principalmente a los ciudadanos de estratos 4, 5 y 6, al igual que a los predios comerciales, industriales y financieros de la siguiente manera:
Estrato 4: Pago estimado anual de $133.000 (Cerca de $11.000 mensuales)
Estrato 5: Pago estimado anual de $227.000 (Cerca de $19.000 mensuales)
Estrato 6: Pago estimado anual de $348.000 (Cerca de $29.000 mensuales)
Comercial: Pago promedio anual de $807.000 Industrial: Pago promedio anual de $1.672.000 Financiero: Pago promedio anual de $2.342.000 Lotes: Pago promedio anual de $577.000 Dotacional: Pago promedio anual de $2.400.000
Los predios residenciales en estratos 1, 2 y 3 no deberán pagar esta sobretasa, excepto aquellas viviendas que su avalúo comercial sea superior a $1.000 millones, es decir, cuyo valor para calcular el gravamen predial sea de hasta 20.000 UVT.
La norma entrará en vigencia a partir de enero de 2027 y por eso se han contemplado medidas para que los hogares en situación de pobreza extrema o moderada no se vean afectados. Por ejemplo, propietarios de inmuebles en estratos 4, 5 y 6 podrían quedar exentos si demuestran que no tienen capacidad de pago y hacen parte de los grupos A, B o C del Sisbén.
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