¿A quiénes impacta el nuevo impuesto para modernizar el alumbrado en Bogotá?

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Foto: Pixabay

Alejandro Poveda

Alejandro Poveda

29 de septiembre del 2026 - 12:40 pm

A partir de 2027 los bogotanos pagarán una sobretasa para financiar la transformación lumínica de la ciudad. Conozca en qué se invertirá y a cuánto equivale.

El Concejo de Bogotá dio luz verde a la creación de un nuevo cobro para mejorar el alumbrado público de la ciudad. Se trata de una sobretasa que será cobrada a partir del 2027 por medio del impuesto predial, con una tarifa diferencial según la naturaleza del predio, su caracterización y el estrato.


La iniciativa fue presentada y aprobada en el marco de la reforma tributaria propuesta por la administración de Carlos Fernando Galán en donde, con 23 votos a favor y 20 en contra, los concejales apoyaron el artículo con el que la capital avanzará hacia una transformación tecnológica con un sistema de iluminación LED con monitoreo remoto, sensores y cámaras no solo dirigidos a optimizar el uso energético en el espacio público sino también a consolidar zonas más seguras para la ciudadanía.

 


Según explicó la Secretaría de Hacienda, el nuevo cobro no será igual para todos los sectores, será cobrado de manera anual en el impuesto predial y cobijará principalmente a los ciudadanos de estratos 4, 5 y 6, al igual que a los predios comerciales, industriales y financieros de la siguiente manera:

Estrato 4: Pago estimado anual de $133.000 (Cerca de $11.000 mensuales)

Estrato 5: Pago estimado anual de $227.000 (Cerca de $19.000 mensuales)

Estrato 6: Pago estimado anual de $348.000 (Cerca de $29.000 mensuales)

Comercial: Pago promedio anual de $807.000 Industrial: Pago promedio anual de $1.672.000 Financiero: Pago promedio anual de $2.342.000 Lotes: Pago promedio anual de $577.000 Dotacional: Pago promedio anual de $2.400.000

Los predios residenciales en estratos 1, 2 y 3 no deberán pagar esta sobretasa, excepto aquellas viviendas que su avalúo comercial sea superior a $1.000 millones, es decir, cuyo valor para calcular el gravamen predial sea de hasta 20.000 UVT.

La norma entrará en vigencia a partir de enero de 2027 y por eso se han contemplado medidas para que los hogares en situación de pobreza extrema o moderada no se vean afectados. Por ejemplo, propietarios de inmuebles en estratos 4, 5 y 6 podrían quedar exentos si demuestran que no tienen capacidad de pago y hacen parte de los grupos A, B o C del Sisbén.

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