‘Martes de Democracia’: ¿Qué se necesita para ser presidente de Colombia?

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Foto: El País 

Samuel Céspedes Jiménez

Samuel Céspedes Jiménez

09 de julio del 2026 - 7:20 am

En una nueva edición de ‘Martes de Democracia’, el programa ‘Revista de la Mañana’ invitó a los oyentes a poner a prueba sus conocimientos sobre la Presidencia de la República.

A través de un ejercicio de reportería, los ciudadanos respondieron preguntas relacionadas con los requisitos para ser presidente, la duración del periodo presidencial y las diferencias entre el presidente y el vicepresidente.

Las respuestas evidenciaron que, aunque muchas personas tienen nociones generales sobre estos temas, aún persisten dudas y creencias equivocadas. Algunos ciudadanos afirmaron que era necesario haber sido vicepresidente, contar con estudios específicos o tener determinada edad para aspirar al cargo.

Para aclarar estas inquietudes, LAUD 90.4 FM ESTÉREO contó con la participación de Sebastián Guerrero Barragán, experto politólogo de la Universidad Javeriana, quien explicó que, de acuerdo con el artículo 191 de la Constitución Política de Colombia, los requisitos para ser presidente son tres:

- Ser colombiano por nacimiento.

- Tener más de 30 años al momento de la elección y ser ciudadano en ejercicio.

- No estar inhabilitado por una pena privativa de la libertad. 

 

 

Durante la conversación también se aclaró una duda frecuente surgida en recientes procesos electorales sobre la posibilidad de que un candidato con doble o múltiple nacionalidad pueda aspirar a la Presidencia. El experto dijo que la Constitución únicamente exige ser colombiano por nacimiento, sin prohibir que la persona posea otras nacionalidades.

Otro de los temas abordados fue la duración del periodo presidencial y la reelección. Aunque varios ciudadanos recordaban que un presidente podía ocupar el cargo en dos ocasiones consecutivas, se explicó que actualmente el mandato presidencial es de cuatro años y que la reelección inmediata no está permitida en Colombia, luego de la reforma constitucional que eliminó esa posibilidad.

Finalmente, la sección resolvió una de las preguntas que más dudas genera entre los ciudadanos, la diferencia entre el presidente y el vicepresidente de la República. Sebastián Guerrero Barragán afirmó que el presidente es el jefe de Estado, jefe de Gobierno y máxima autoridad de la Rama Ejecutiva, con funciones como dirigir la Fuerza Pública, conducir las relaciones internacionales, sancionar las leyes, nombrar ministros y liderar la administración pública del país.

Por su parte, el vicepresidente no cuenta con funciones constitucionales permanentes ni dirige una cartera específica. Su principal papel es reemplazar al presidente en caso de falta temporal o absoluta y asumir las responsabilidades o misiones que este le delegue durante su mandato.

El experto agregó que, en algunos gobiernos, el vicepresidente puede desempeñar un rol más activo según las funciones asignadas por el presidente, aunque estas no son obligatorias por mandato constitucional.

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