Así debe realizarse el empalme presidencial, según la ley
Foto: Presidencia de la República
La entrega de la información tendrá que ser transparente, oportuna y verificable. Constitucionalista explica qué deberes tienen los gobiernos al término de un mandato.
En Colombia cada cuatro años, cuando termina un mandato presidencial y comienza uno nuevo se necesita hacer un proceso de transición de poder entre el gobierno saliente y el entrante. Para lograr ello se requiere realizar un empalme, que consiste en la entrega de la información sobre qué se ha hecho y qué queda pendiente. Para el periodo actual, esa labor se está ejecutando por parte de la administración de Gustavo Petro y de Abelardo De La Espriella, lo particular es que se lleva a cabo de una manera diferente a lo vivido en otros periodos. Pero ¿Qué dice la ley?
Para dar respuesta a ello, LAUD 90.4 FM ESTÉREO, dialogó con Germán Lozano Villegas, constitucionalista y docente investigador de la Universidad Externado, quien explicó que dicha acción está estipulada en la Ley 951 de 2005. (Lea el articulado completo aquí)
“El nombre exacto del empalme es la entrega del informe de gestión que culmina con la firma del acta. En principio es un compromiso que recae en el Gobierno saliente porque son los funcionarios que están al frente de las entidades y ministerios, los que conocen qué programas y actividades se están realizando. Es una especie de redición de cuentas”, afirmó.
Obligaciones
· Gobierno Saliente
Según la Ley los servidores públicos responsables al servicio de los poderes, es decir la Presidencia de la República, ministros, directores de entidades públicas o mixtas, secretarios, etc, que terminan su periodo deben entregar un documento técnico cierto y verificable, con la información transparente, detallada y oportuna acerca de su administración. La cual incluirá (Artículo 10):
1. El informe resumido por escrito de la gestión.
2. Detalle pormenorizado sobre la situación de los recursos materiales, financieros y humanos, así como los bienes muebles e inmuebles a su cargo, debidamente actualizados a la fecha.
3. Detalle de los presupuestos, programas, estudios y proyectos.
4. Obras públicas y proyectos en curso.
5. Reglamentos, manuales de organización, de procedimientos, y
6. En general, los aspectos relacionados con la situación administrativa, desarrollo, cumplimiento o en su caso desviación de programas y demás información y documentación relativa que señale el reglamento o manual de normatividad correspondiente.
“Esta es una obligación legal, el no hacerlo, obstruir u ocultar datos, puede generar una serie de responsabilidades de tipo disciplinario a cargo de la Contraloría y la Procuraduría, que son las entidades encargadas de vigilar el proceso”, precisó el experto.
· Gobierno entrante
Su función se centra en solicitar la información y recibirla de manera oficial en las actas. No se permite que imparta órdenes a funcionarios del Gobierno saliente, ya que aún no ha recibido el mandato.
Panorama actual
En el caso de la transición que está en marcha, por diferencias políticas la administración actual y la que llega decidieron no llevar a cabo las mesas de trabajo para el empalme. Según el experto, este es un acto protocolario, por lo que no se requieren reuniones. No obstante, la publicación de los datos y la firma del acta sí se solicita.
“El gabinete de Gustavo Petro está haciendo su tarea pese a que no hay trabajo conjunto ni se han instalado mesas. Por eso el equipo de De La Espriella está pidiendo la información por derechos de petición, un procedimiento que también es válido”, afirmó. Al final de todo, el documento técnico es el válido.
En cuanto a los encuentros regionales que adelanta el Presidente electo, el docente aseguró que es un ejercicio interesante, ya que es importante conocer cómo van las entidades territoriales, no reemplazan las actas de los informes de gestión, pues “el relevo es directamente desde el gobierno central”.
Plazos
El inicio del empalme puede darse al momento que el mandatario electo recibe la credencial. Sin embargo, los servidores públicos líderes cuentan con 15 días para entregar el acta luego de la dejación del cargo, y este instrumento estará vigente durante 30 días hábiles para hacer verificación física, revisiones, aclaraciones o reclamaciones.
Posesión presidencial
Finalmente, el experto indicó que el Gobierno saliente está al mando hasta el 6 de agosto y el 7 de agosto asume el entrante. En consecuencia, el presidente electo deberá posesionarse ante el Congreso de la República en pleno, esto significa que es fundamental que estén todos los parlamentarios del Senado y de la Cámara de Representantes. No necesariamente se tiene que desarrollar en el Capitolio, pues si la Rama Legislativa aprueba sesionar desde otro lugar, la posesión se puede realizar en donde se indique. Y no es obligatorio que el Jefe de Estado saliente esté presente.
Vea la entrevista completa en el siguiente video:
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