Abecé de la reforma pensional

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Foto: LAUD

Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

18 de junio del 2024 - 6:22 pm

Aplicará para mujeres con menos de 750 semanas cotizadas y hombres con menos de 900. Las personas que tenga aportes superiores a este tiempo ingresarán en un periodo de transición.

En días pasados el Congreso de la República aprobó el proyecto de reforma pensional con 86 votos a favor y 32 en contra en su último debate, el cual tuvo varias modificaciones desde que lo presentó el Gobierno Nacional hasta su discusión final. Consta de cuatro pilares y tiene como objetivo que los colombianos puedan acceder a la jubilación. LAUD 90.4 FM ESTÉREO dialogó con Fabián Hernández, abogado laboral, experto en pensiones y docente universitario, para conocer más al respecto.

Pilares

•    Pilar solidario: Consiste en una renta básica mensual de $232 mil pesos que recibirán los adultos mayores más vulnerables en condición de pobreza. Las edades serán 60 años para las mujeres y 65 para los hombres.
•    Pilar semicontributivo: Es una renta vitalicia para quienes los aportes hechos no les alcanzan para jubilarse y poseen entre 300 y 900 semanas. Ellos recibirán dicha renta con un subsidio por parte del Gobierno Nacional del 30 % para mujeres y 20 % para hombres. 
•    Pilar contributivo: Es la jubilación que recibirán las personas que cumplen con las semanas cotizadas (1.300). 
•    Pilar de Ahorro Individual: Corresponde al ahorro voluntario para quienes deseen mejorar sus ingresos para la vejez en un fondo privado. 

¿A quiénes aplica la reforma pensional?

A mujeres con menos de 750 semanas cotizadas y hombres con menos de 900. Ese es el umbral estipulado en la nueva Ley.

¿Qué pasará con los que llevan más tiempo?

Las personas que superen estos aportes tendrán un periodo de transición de dos años a partir de julio de 2025 para decidir si se acogen a la reforma, de lo contrario podrán continuar con las condiciones actuales bajo la Ley 100. 

“La recomendación es conocer bien la nueva norma porque no todo aquel que esté en el fondo privado le va mejor al regresarse a Colpensiones, ni todo el que se quede en dicho fondo estará mejor, cada caso es diferente, por eso lo que hay que hacer es acercarse tanto a Colpensiones y al privado y pedir la doble asesoría, las entidades están en la obligación de hacerla para tomar la decisión. La gente debe comprender lo que le están diciendo y firmar el entendimiento”, dijo el invitado. 


¿Es obligatorio pasarse a Colpensiones?

Si el ciudadano no supera el umbral será trasladado a Colpensiones. Para aquellos que están en periodo de transición podrán seguir en el fondo privado si deciden continuar con la Ley 100, en el caso de acogerse a la reforma si tendrá que trasladarse. 

¿Cuánto será el monto de cotización?

Todos colombianos que serán cobijados por la nueva Ley deberán aportar en Colpensiones máximo 2.3 salarios mínimos (equivale a $2’990.000 en la actualidad). Los que devenguen más, tendrán que aportar el excedente en los fondos privados. 

¿Cuál es la edad?

No cambiará. Para los hombres son 62 años y 1.300 semanas cotizadas, y para las mujeres será 57 años y las semanas variará según el año, esto por las disposiciones que dio al respecto la Corte Constitucional en 2023. Así las cosas, para la nueva norma o para la Ley 100 aplicará:

Años 2024 y 2025: 1.300 semanas
Año 2026: 1.250 semanas
Año 2027: 1.225 semanas
Año 2028: 1.200 semanas
Año 2029: 1.175 semanas
Año 2030: 1.150 semanas
Año 2031: 1.125 semanas
Año 2032: 1.100 semanas
Año 2033: 1.075 semanas
Año 2034: 1.050 semanas
Año 2035: 1.025 semanas
Año 2036: 1.000 semanas

Para las mujeres que son madres y se pensionarán antes del 2036 se les reducirá 50 semanas de aportes por hijo, hasta máximo tres. 

¿Cuándo entre en vigencia?

En julio de 2025.

Reparos

Aunque el proyecto fue aprobado, le falta la conciliación en el Congreso de la República para que después pase a sanción presidencial, no obstante, el mayor reto es superar las demandas que se interpondrán en su contra pues algunos expertos y movimientos políticos han afirmado que financieramente será insostenible y esos fallos los dará la Corte Constitucional luego de analizar el texto y los argumentos de los demandantes. 

“La nueva norma no empieza a regir cuando la firme el Presidente de la República, tiene un periodo de adecuación y es necesario regular muchos elementos… Sin embargo, está hecha para la actualidad en especial el pilar solidario, el problema es que el sistema laboral colombiano no provee empleos y la mayor parte de ciudadanos están en la informalidad y a futuro no habrá cómo sostener los pagos”, indicó Hernández.

Ver la entrevista completa en este video:  

 

 

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