TransMilenio multará a usuarios que transporten mudanzas

Foto: Infobae

Julián Escobar
09 de noviembre del 2023 - 5:52 pmDebido al excesivo ingreso de elementos al sistema de transporte como bicicletas, camas o sillas, la entidad decretó sanciones para quienes incurran en esta actividad.
El sistema de transporte ha anunciado las sanciones que podrán tener los ciudadanos que usen los buses como transporte de carga para llevar elementos que puedan afectar la seguridad y comodidad de los usuarios.
TransMilenio compartió a través de la red social X una campaña con imágenes de personas que han llevado artículos del hogar por los portales del sistema: “Los has visto? ¿Crees que esto es correcto? Deja tu exceso de carga. La carga que llevas hace la diferencia. #TransMi”.
Estamos buscando a Dolores ☝️ Ayúdanos a encontrarla: https://t.co/ok7Cr6yaKl
— TransMilenio (@TransMilenio) November 8, 2023
Deja tu Exceso de carga, #LaCargaHaceLaDiferencia, piensa en los demás https://t.co/61LkXhYzbi pic.twitter.com/fa0kEiCJry
Después de hacer públicas las sanciones, usuarios de las redes sociales le han reclamado a la empresa por el caso del policía que subió la moto de la institución a uno de los articulados.
Ante este caso, la Policía Metropolitana de Bogotá comunicó que sus acciones “no son acordes a los cánones institucionales”, y enfatizaron que atenderán lo ocurrido con determinación ante cualquier “comportamiento contrario a la misión constitucional”.
Las multas que tendrán que pagar los usuarios que incumplan con exceso de carga serán de $618.666 pesos colombianos.
🚨Entrevista exclusiva con Juan Carga Masa, el usuario multado hoy por llevar carga sobre dimensionada en #TransMi. Estamos buscando a Dolores ☝️ Ayúdanos a encontrarla: https://t.co/ok7Cr6xCUN
— TransMilenio (@TransMilenio) November 7, 2023
Deja tu Exceso de carga, #LaCargaHaceLaDiferencia, piensa en los demás https://t.co/goyHcsQsmy pic.twitter.com/kYQ5QgW51V
De igual manera, la compañía de transporte recuerda que dentro de la Ley 1801 de 29 de julio de 2016 expuesta en el Código Nacional de Policía y Convivencia en su artículo III se encuentran los comportamientos y medidas correctivas para los usuarios que incurran en comportamientos inadecuados, conllevando a otro tipo de sanciones.
“Multa tipo 2- 8 salarios mínimos diarios legales vigentes quien obstaculice o impida la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema”, indica el Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
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