Distrito anunció nuevas medidas para el pico y placa
Foto: El Tiempo
Desde el primer semestre del 2026, los vehículos particulares no matriculados en la capital del país deberán acatar una nueva medida de pico y placa dos sábados al mes, alternando entre semanas con restricción y sin ella.
Según el alcalde Mayor, Carlos Fernando Galán la decisión busca incentivar a los propietarios a registrar sus automotores en la ciudad, de manera tal que los impuestos se queden en Bogotá y permitan la financiación de proyectos a nivel de semaforización, mantenimiento vial y atención de accidentes: “Quienes trasladen su matrícula a Bogotá tendrán el beneficio de no pagar ese aumento y de no tener pico y placa dos sábados al mes”, manifestó el mandatario.
Este anuncio es el resultado del incremento de automotores registrados por fuera de Bogotá, que representan aproximadamente el 30 % del parque vehicular que circula en la ciudad actualmente.
La determinación fue adoptada después de analizar “la evolución de la ciudad en materia de movilidad y los recursos destinados al sector, que obligaron a la administración a buscar alternativas para incentivar que la gente matricule sus vehículos en Bogotá”, puntualizó Galán.
Asimismo, se dio a conocer que la medida de pico y placa solidario aumentará para estos vehículos pasando del 20 % al 50%. Es así como a partir de enero de 2026, los vehículos registrados fuera de Bogotá deberán pagar un valor diferencial más alto para acceder a dicho beneficio. Estos recursos seguirán destinados al Fondo de Estabilización Tarifaria (FET) para mantener la tarifa del transporte público en niveles más accesibles para los ciudadanos.
El alcalde @CarlosFGalan anuncia una nueva medida de movilidad para la ciudad. 𝗔 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿 𝘀𝗲𝗺𝗲𝘀𝘁𝗿𝗲 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲, 𝗹𝗼𝘀 𝘃𝗲𝗵𝗶́𝗰𝘂𝗹𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗰𝗶𝗿𝗰𝘂𝗹𝗲𝗻 𝗲𝗻 𝗕𝗼𝗴𝗼𝘁𝗮́ 𝘆 𝗻𝗼 𝗲𝘀𝘁𝗲́𝗻 𝗺𝗮𝘁𝗿𝗶𝗰𝘂𝗹𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗹𝗮… pic.twitter.com/gf981MQele
— Alcaldía de Bogotá (@Bogota) November 14, 2025
Las excepciones contempladas en el Decreto 003 de 2023 destacan vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes, caravana presidencial, servicio diplomático o consular, carrozas fúnebres, organismos de seguridad del Estado, automóviles de emergencia, aquellos que son utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, los que corresponden a empresas de servicios públicos domiciliarios, carros destinados al control del tráfico y grúas, motocicletas, transporte escolar, medios de comunicación y los de control de emisiones y vertimientos, entre otros.
En los próximos días la Secretaría de Movilidad definirá el calendario y las condiciones específicas de aplicación a los conductores y de esta manera comenzar la implementación de estas medidas de forma paulatina.
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