¿Quién puede investigar al Presidente de la República?

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Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

14 de mayo del 2024 - 7:41 pm
La Constitución determina qué órgano es el encargado de adelantar las indagaciones al Primer Mandatario. También establece que el Consejo Nacional Electoral tiene la potestad de inspeccionar la campaña.

La Constitución determina qué órgano es el encargado de adelantar las indagaciones al Primer Mandatario. También establece que el Consejo Nacional Electoral tiene la potestad de inspeccionar la campaña.

La semana pasada los magistrados del Consejo Nacional Electoral - CNE, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, radicaron una ponencia ante sus pares del Alto Tribunal para iniciar una investigación a la campaña presidencial de Gustavo Petro y al gerente de la misma, Ricardo Roa, hoy presidente de Ecopetrol. La decisión generó malestar en algunos sectores, entre ellos al mismo Jefe de Estado quien afirmó es un “golpe blando”.

Para conocer quién puede indagar al Primer Mandatario y qué dice la Constitución Política al respecto, LAUD 90.4 FM ESTÉREO, entrevistó a Carlos Arias, analista político y docente de la Universidad Javeriana.
En ese sentido, el Artículo 199 de la Carta Magna indica: “El Presidente de la República, durante el período para el que sea elegido, o quien se halle encargado de la Presidencia, no podrá ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formación de causa”.

 No obstante, Arias afirmó que a la fecha ningún Jefe de Estado ha sido acusado, ni siquiera cuando se dio el proceso 8.000 en el Gobierno de Ernesto Samper, “esto se da porque en la Cámara están las bancadas políticas que comúnmente son de la coalición o de la alianza con el Gobierno”.

Si bien, es en el Congreso donde se adelantan dichas indagaciones, la misma Constitución establece que el Consejo Nacional Electoral tiene la potestad para “Ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral”, Artículo 265. Por tal motivo, puede investigar la campaña presidencial y si se hallan pruebas que involucren al Primer Mandatario, deberá entregarlas a la Comisión de Acusaciones.
 En este momento los magistrados del CNE estudian la ponencia, sin embargo, este proceso podría tardar un tiempo prolongado “No va a pasar nada… eso puede ser largo, porque ellos tienen la posibilidad de pedir tiempo adicional para revisar los documentos, el proceso quizás tome dos años”.

El analista explicó que no es la primera vez que el CNE inspecciona una campaña a este cargo, aseguró que hace parte de sus deberes constitucionales, de igual forma enfatizó que “no existe un golpe blando” y tampoco descartó: “esto no significa que haya una oposición que también mienta”.

Finalmente, Arias dijo que el motivo de la indagación del Consejo Nacional Electoral es por porque supuestamente se excedieron los topes autorizados en dineros y no se reportaron los gastos en su totalidad. 

Vea la entrevista completa en este video:

 

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