Porte de armas: ¿Una solución a la inseguridad o un riesgo para los ciudadanos?

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Foto: www.infobae.com

Alejandro Poveda

Alejandro Poveda

11 de septiembre del 2026 - 11:43 am

Aunque el uso de las armas por parte de la ciudadanía se ha presentado como una solución a la criminalidad, la falta de controles y capacitación en su uso podría ser contraproducente.

Con la firma del decreto 1368 de 2026, el Gobierno Nacional levantó la suspensión para el porte de armas en Colombia. Una decisión que ha generado debate por cuenta de sus posibles implicaciones. Por un lado, hay quienes defienden la medida como una respuesta a los índices de criminalidad, mientras que desde el otro extremo, sectores advierten los riesgos de tener una ciudadanía armada.

Frente a ello, la Presidencia de la República aclaró que no se trata de una autorización para el libre uso de estos elementos. Es decir, el Estado sigue teniendo el monopolio sobre la producción y venta de las armas, al igual que la potestad para emitir salvoconductos luego de que los solicitantes cumplan una serie de requisitos, exámenes y trámites.

En entrevista con ‘Revista de la Mañana’, programa de LAUD 90.4 FM ESTÉREO, el experto en seguridad Manfred Grautoff, habló sobre el proceso para solicitar una licencia de armas, la importancia de una adecuada capacitación en el manejo de armas y las implicaciones que puede tener para una persona intervenir ante un hecho delictivo.

“El trámite para poder portar un arma puede fácilmente durar un año, es complejo y hay una fila larga para eso. No es que el ciudadano decida comprarla y ya mañana se levante y pueda hacerlo. Para llegar a eso hay que hacer una revisión de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, pueden ser entre 10 y 12 papeles. Después debe presentar unas pruebas físicas, emocionales y psicológicas, pasar unos exámenes de manejo y dar una justificación para solicitar el permiso”, explicó Grautoff.

 

 


Además, dependiendo de si la solicitud es para tenencia o porte, se debe cumplir con una edad mínima. En el primer caso, es decir, para mantener el arma únicamente en un inmueble declarado, se debe ser mayor de 18 años. En el segundo, para movilizarse con ella, los ciudadanos deben tener más de 25 años.

Aunque el presidente Abelardo De La Espriella justificó su decisión bajo el argumento de que “no hay derecho de que los bandidos estén armados hasta los dientes y la gente decente no pueda defenderse”, expertos han asegurado que permitir la posesión de armas podría resultar más contraproducente que beneficiosa.

La experiencia de Colombia y otros países ha demostrado que restringir el uso de las armas tiene una incidencia directa en la reducción de homicidios. No obstante, no existen suficientes mediciones sobre el efecto de la medida en delitos como la extorsión, el secuestro u otra forma de criminalidad, que son las modalidades que más generan una percepción de inseguridad.

Asimismo, hay que considerar que un salvoconducto no garantiza que el ciudadano pueda actuar frente a la delincuencia. Se requiere práctica constante no solo con un blanco fijo sino también en condiciones que repliquen un escenario real. Ello conlleva tiempo y altos costos en municiones.

“A veces tener un arma de fuego es más riesgoso que no tenerla, si no se tiene entrenamiento (...) En una situación de peligro, como un atraco o un fleteo, con inferioridad de fuego o numérica, se debe tener control del estrés, del miedo y demás”, agregó Manfred Grautoff, reiterando que la falta de preparación puede ser un factor adicional de riesgo, especialmente durante riñas, discusiones o hechos de intolerancia que pueden escalar rápidamente.

A esto se suma que tener un salvoconducto no significa que cualquier disparo esté amparado por la legítima defensa. Las circunstancias de cada caso son determinantes y posteriormente deberán ser analizadas por las autoridades judiciales. Por ejemplo, una persona que dispara contra otra que ya está huyendo podría enfrentar consecuencias penales si la situación no corresponden a la legítima defensa.

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