Distrito anunció nuevas medidas para el pico y placa

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Foto: El Tiempo

Oscar Mauricio Carvajal Combariza

Oscar Mauricio Carvajal Combariza

14 de noviembre del 2025 - 11:52 am

Desde el primer semestre del 2026, los vehículos particulares no matriculados en la capital del país deberán acatar una nueva medida de pico y placa dos sábados al mes, alternando entre semanas con restricción y sin ella.

Según el alcalde Mayor, Carlos Fernando Galán la decisión busca incentivar a los propietarios a registrar sus automotores en la ciudad, de manera tal que los impuestos se queden en Bogotá y permitan la financiación de proyectos a nivel de semaforización, mantenimiento vial y atención de accidentes: “Quienes trasladen su matrícula a Bogotá tendrán el beneficio de no pagar ese aumento y de no tener pico y placa dos sábados al mes”, manifestó el mandatario.

Este anuncio es el resultado del incremento de automotores registrados por fuera de Bogotá, que representan aproximadamente el 30 % del parque vehicular que circula en la ciudad actualmente. 

La determinación fue adoptada después de analizar “la evolución de la ciudad en materia de movilidad y los recursos destinados al sector, que obligaron a la administración a buscar alternativas para incentivar que la gente matricule sus vehículos en Bogotá”, puntualizó Galán. 

Asimismo, se dio a conocer que la medida de pico y placa solidario aumentará para estos vehículos pasando del 20 % al 50%. Es así como a partir de enero de 2026, los vehículos registrados fuera de Bogotá deberán pagar un valor diferencial más alto para acceder a dicho beneficio. Estos recursos seguirán destinados al Fondo de Estabilización Tarifaria (FET) para mantener la tarifa del transporte público en niveles más accesibles para los ciudadanos. 

 

 

Las excepciones contempladas en el Decreto 003 de 2023 destacan vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes, caravana presidencial, servicio diplomático o consular, carrozas fúnebres, organismos de seguridad del Estado, automóviles de emergencia, aquellos que son utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, los que corresponden a empresas de servicios públicos domiciliarios, carros destinados al control del tráfico y grúas, motocicletas, transporte escolar, medios de comunicación y los de control de emisiones y vertimientos, entre otros. 

En los próximos días la Secretaría de Movilidad definirá el calendario y las condiciones específicas de aplicación a los conductores y de esta manera comenzar la implementación de estas medidas de forma paulatina. 

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