Conjuntos residenciales deberán pagar IVA

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LAUD
25 de marzo del 2025 - 7:33 pmNo cumplir con el pago trae consigo una serie de sanciones. Conozca quiénes asumirán este tipo de compromisos tributarios.
Las personas que habitan en conjuntos residenciales en Colombia deben tener presente que existen algunas zonas comunes por las que la administración a cargo tendrá que hacer el pago de un impuesto a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
La entidad tributaria se reunió en el año 2024 con agremiaciones y representantes legales de propiedades horizontales a nivel nacional, a fin de socializar la medida que ya se encuentra establecida en la legislación colombiana y que desde este año debe efectuarse de forma electrónica.
Por lo anterior, se estableció la reclasificación de 1.200 conjuntos que, con base en la recopilación de evidencias están obligados a declarar y pagar IVA, pero que no lo estaban haciendo. En este contexto, la Dian avanza en este oficio en más de 90 copropiedades. De acuerdo con el artículo 482 del estatuto tributario, las personas exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales no están libres del impuesto sobre las ventas, IVA.
Bien sea de uso residencial, comercial o mixto, una propiedad horizontal, tendrá que pagar IVA cuando alquile sus zonas comunes ya sea a un propietario, residente o visitante. El Estatuto Tributario establece que ese servicio prestado está grabado con IVA y al momento de pagar parqueaderos, piscinas, salones comunales, gimnasios y BBQ debe crear la correspondiente facturación electrónica.
Para citar un ejemplo si en su conjunto residencial alquilan un salón comunal por $500.000, sobre ese valor, deberán pagarle a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) un impuesto de $95.000 en tanto el IVA es del 19 %.
Por su parte, los conjuntos residenciales no tendrán que pagar IVA cuando el alquiler de alguna de las zonas comunes se da a manera de préstamo o si el costo esté incluido dentro de la cuota de administración, sin que se presente un cobro por concepto de alquiler.
El incumplimiento de esta disposición puede traer consigo sanciones rigurosas para los conjuntos residenciales. De acuerdo con la Dian, las propiedades horizontales que no actualicen su RUT o no implementen la facturación electrónica estarán sujetas a multas económicas y otras medidas administrativas.
Por: Oscar Carvajal.
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