Estos serían los espacios libres de sustancias psicoactivas en Bogotá

Foto: www.pexels.com

Yudy Carolina Carmona Arellano
06 de marzo del 2025 - 5:48 pmEl Concejo de Bogotá busca reglamentar estas áreas, aún no señalizadas en la capital. El objetivo es que desde el Distrito se tomen acciones para cumplir con la norma.
Hace cinco años la ciudad cuenta con el Decreto 825 de 2019, el cual estipula los espacios libres de sustancias psicoactivas, sin embargo, a la fecha no se han señalizado, la ciudadanía los desconoce y por ende no se ha acatado la medida. Por esta razón y con el fin de avanzar en la implementación de la misma, la Comisión de Gobierno del Consejo de Bogotá aprobó el Proyecto de Acuerdo que tiene ese propósito.
“El objetivo es tener una señalización clara y visible en los perímetros que está prohibido el consumo, pues el Decreto está vigente, pero no está materializado. Lo que se busca es mejorar los temas de convivencia y blindar estas partes de la ciudad a favor de los menores de edad y las familias”, dijo a ‘Revista de la Mañana’, el concejal Andrés Barrios, autor de la iniciativa.
¿Qué dice la norma de 2019?
Establece en “200 metros el perímetro circundante del área o lugares abiertos al público o zona del espacio público, en el que no se permitirá el consumo, porte, facilitamiento, distribución, ofrecimiento o comercialización”, de estos productos, “inclusive la dosis personal, durante las 24 horas del día, los siete días a la semana”, estipula el Decreto.
¿Cuáles son las zonas?
• Instituciones de educación formal, educación para el trabajo y desarrollo humano público y privado como: Jardines infantiles; establecimientos educativos en sus niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media; Instituciones de Educación Superior y Centros de Atención para Población Vinculada al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
• Estadios, coliseos y centros deportivos.
• Parques.
• Plazas y plazoletas.
• Sistema de Transporte masivo, así como estaciones y lugares de acceso al mismo.
• Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas.
• Instituciones de Protección Social de naturaleza pública.
¿Cómo funcionan estas áreas en la actualidad?
El concejal afirmó que si las autoridades identifican a una persona que consume o porta las sustancias en dichos espacios pueden interponer una multa por la infracción del Código de Policía, aunque la falla es que los ciudadanos no tienen claro qué sitios son y hasta dónde va el perímetro.
¿Qué sigue?
Al proyecto le falta un debate en la Plenaria del Concejo para luego pasar a sanción por parte del Alcalde de Bogotá. Después de este proceso, el Distrito debe implementarlo progresivamente priorizando las zonas de mayores riesgos.
Normas como estás ya están implementadas en ciudades como Medellín, Cali, Bucaramanga, Barranquilla y Manizales.
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