Ley Lorenzo, por la protección de los perros de seguridad, ¡Ya es una realidad!

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Foto: Iniseg

Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

04 de marzo del 2025 - 1:39 pm
La senadora Andrea Padilla, autora del articulado, diálogo con LAUD 90.4 FM ESTÉREO acerca de la iniciativa, “Busca elevar las garantías de protección animal de los caninos usados para tal fin. No podemos prohibir esta actividad, pero sí logramos proteger sus derechos”.

El proyecto aprobado por el Congreso traza las normas que deberán aplicar las empresas que usan los animales para este servicio con el fin de garantizar el bienestar del canino.

En el Congreso de la República fue aprobado en cuarto debate el proyecto de la Ley Lorenzo, que traza la reglamentación para que las empresas de seguridad y vigilancia privadas apliquen en la tenencia de los perros que utilizan en sus oficios. El nombre de la iniciativa está inspirado en el caso de Lorenzo que fue sometido a maltratos por parte de su cuidador cuando prestaba sus servicios en un centro comercial.

La senadora Andrea Padilla, autora del articulado, diálogo con LAUD 90.4 FM ESTÉREO acerca de la iniciativa, “Busca elevar las garantías de protección animal de los caninos usados para tal fin. No podemos prohibir esta actividad, pero sí logramos proteger sus derechos”.

La ley establece ocho puntos que deben cumplir las entidades, los cuidadores y los contratistas, que consisten en:

· Asignar al Ministerio de las TICS la tarea de desarrollar alternativas tecnológicas que permitan sustituir progresivamente a los perros usados en la modalidad de defensa controlada. “Son aquellos que utilizan bozal con el propósito de disuadir”, indicó Padilla.

· Establecer estándares de bienestar animal que contengan tiempos semanales de esparcimiento y descanso, adecuación de caniles (enriquecimiento ambiental, confort térmico, ventilación, iluminación adecuada y zona blanda), alimento de buena calidad y protección del clima.

· Reducir a seis años la edad máxima permitida para el uso de los caninos (antes eran ocho) y hacer obligatoria su esterilización desde los seis meses de edad para controlar la reproducción.

· Obligar a las empresas de vigilancia a adoptar un plan de retiro para los perros (hasta ahora era incierto su destino una vez retirados del servicio).

· Definir lineamientos para que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y las entidades territoriales ejerzan inspección, vigilancia y control en materia de bienestar animal. Además, hacer obligatoria la instalación de cámaras de vigilancia en puestos de trabajo y caniles.

· Crear el Registro Nacional de Perros de Vigilancia y Seguridad Privada como una herramienta para la identificación, el seguimiento y la verificación del historial de los caninos.

· Asignar al SENA la tarea de capacitar y certificar al personal en materia de bienestar animal.

· Obligar a las empresas a reportar los casos de maltrato animal en sus compañías.

En la actualidad existen 5.895 perros registrados en estos oficios, de los cuales 2.482 están en la modalidad de control y detección de explosivos, 2.140 en la modalidad de defensa controlada y 1.268 en la modalidad de control y detección de narcóticos.

Al proyecto solo le falta la conciliación en el Congreso de la República para luego pasar a sanción presidencial. Después de este paso se dispondrá de un año para que se implemente en todo el país, labor que estará a cargo de la Superintendencia y el Ministerio de Ambiente.

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