¿Qué es la Ley de Garantías Electorales y por qué impacta las elecciones?
Foto: Universidad Javeriana
El incumplimiento de estas disposiciones puede traer consigo fuertes sanciones penales. Conozca cuáles son.
En el marco del calendario electoral, entró de nuevo en operación la Ley de Garantías Electorales, caracterizada por ser una norma diseñada para asegurar la transparencia, la equidad y la imparcialidad en los procesos democráticos.
Desde el 8 de noviembre de 2025, los gobernadores, alcaldes, secretarios y gerentes de entidades descentralizadas no pueden suscribir convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.
Así mismo, desde el 31 de enero de 2026, la medida se ampliará a todas las entidades del Estado, suspendiendo la contratación directa en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal.
Esta restricción, establecida en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, no admite excepciones y se mantendrá en vigencia hasta el 31 de mayo de 2026, o hasta el 21 de junio, en tanto pueda presentarse una segunda vuelta presidencial.
Sin embargo, la norma prevé excepciones expresas en los siguientes casos:
- Gestiones de las entidades sanitarias y hospitalarias.
- Atención de emergencias educativas, sanitarias o desastres naturales.
- Reconstrucción de infraestructura pública afectada por eventos de fuerza mayor.
- Defensa y seguridad nacional.
- Operaciones de crédito público.
Con base en lo anterior, según sea el caso, deberá estar sustentado mediante un acto administrativo motivado, en donde se justifica la necesidad y la legalidad del contrato.
“Desde el 31 de enero de 2026, esta limitación será extendida igualmente a las entidades del orden Nacional, impidiendo crear, suprimir o proveer cargos, así como vincular o desvincular funcionarios, a no ser que se presenten casos autorizados por la ley”, expresó Nicolás Rojas, abogado del Centro Jurídico Internacional en ‘Revista de la Mañana’.
Si se llega a presentar el incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en sanciones penales incluidas en el artículo 410 del Código Penal colombiano, donde se establecen penas de prisión de 64 a 216 meses, multas entre 66 y 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y suspensión o inhabilidad para ejercer funciones públicas.
La Ley de Garantías es una responsabilidad legal y ética para todas las entidades del Estado. En ese sentido, su aplicación rigurosa afianza la transparencia, la confianza ciudadana y la estabilidad institucional que deben acompañar al proceso democrático colombiano previsto para el 2026 a nivel de Presidencia de la República y Congreso Nacional.
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