Qué debe tener en cuenta si quiere solicitar el cambio de su nombre
Foto: Xharla
En Colombia, este trámite es un derecho fundamental y además un proceso legal que puede acarrear implicaciones si no se realiza con la debida asesoría.
Según cifras de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a diciembre de 2024 un total de 100.485 personas habían modificado su nombre en el país. De ese grupo, 6.856 lo hicieron por razones relacionadas con sexo o género, y 168 se registraron como personas no binarias.
Un derecho con respaldo constitucional
El cambio de nombre en Colombia está respaldado por distintas normas y ha sido avalado por la Corte Constitucional, que en sentencias como la T-1033 de 2008 lo reconoce como una herramienta para garantizar la identidad y la autonomía personal.
La ley establece que los mayores de edad pueden cambiar su nombre una sola vez mediante escritura pública, mientras que los menores pueden hacerlo a través de sus representantes legales y tendrán la opción de modificarlo nuevamente al cumplir la mayoría de edad. No obstante, existen excepciones que permiten más de un cambio, siempre que haya una justificación constitucional suficiente, como en casos de identidad de género.
Aunque el trámite inicia en una notaría, expertos advierten que ahí no termina el proceso. Cambiar el nombre implica actualizar toda la información personal en múltiples ámbitos legales, financieros y administrativos.
“La ley permite el cambio de nombre como una expresión del libre desarrollo de la personalidad, pero ese derecho viene acompañado de la responsabilidad de actualizar cada documento que lo identifica”, explica Ariadna Herrán Galindo, abogada especialista en derecho de familia.
Esto incluye desde documentos básicos como la cédula hasta registros de propiedad, contratos financieros y títulos académicos. Ignorar este paso puede generar inconsistencias que dificulten demostrar la identidad de una persona frente a entidades públicas y privadas.
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Principales implicaciones legales
Entre los aspectos más relevantes que deben tener en cuenta quienes deciden cambiar su nombre están:
• Bienes y propiedades
• Documentos de identidad
• Entre otros documentos
De lo contrario, el ciudadano podría quedar en un “limbo legal” entre su nombre anterior y el nuevo, con posibles complicaciones al vender bienes, heredar o acceder a servicios.
Requisitos y pasos clave
Para realizar el trámite correctamente y evitar inconvenientes, se recomienda:
1. Presentar una solicitud escrita ante notaría.
2. Aportar copia auténtica del registro civil de nacimiento.
3. Adjuntar fotocopia de la cédula (o documentos de los padres si es menor de edad).
4. Inscribir la escritura pública en el registro civil.
5. Solicitar la nueva cédula ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
6. Actualizar documentos complementarios como pasaporte y licencia.
7. Modificar escrituras de propiedad.
8. Informar a bancos, empleadores y entidades educativas.
Una decisión personal con impacto legal
Cambiarse el nombre es un derecho garantizado en Colombia, pero también una decisión que debe tomarse con plena conciencia de sus efectos. Ya sea por errores de registro, identidad de género o razones personales, el proceso exige un acompañamiento adecuado para evitar problemas jurídicos a futuro.
La normativa incluso contempla casos excepcionales para realizar más de un cambio, siempre que exista una justificación válida ante la Corte Constitucional, como situaciones de identidad de género o protección de testigos.
En definitiva, más allá de la voluntad individual, cambiar el nombre implica asumir un proceso integral que, sin la orientación correcta, puede salir más costoso de lo esperado.
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