Permiso remunerado por muerte de mascotas: Todo lo que debe saber de esta decisión

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Alejandro Poveda

Alejandro Poveda

25 de febrero del 2026 - 5:57 pm

Si bien se trata de un beneficio que no aplica a todos los trabajadores, la reciente determinación de la Corte Suprema es un avance para los propietarios de mascotas.

La Corte Suprema de Justicia abrió el debate nacional sobre el reconocimiento del duelo por la muerte de mascotas en el ámbito laboral. Sin embargo, a pesar del gran avance que significa en materia de derechos animales, el permiso remunerado no aplica automáticamente para todos los trabajadores del país.

La resolución quedó consignada en la sentencia SL 2375 de 2025, en la que el alto tribunal concedió una licencia remunerada por la muerte de una mascota doméstica, en medio de una negociación colectiva del sindicato Sintra Motors. Allí, la empresa demandó el fallo argumentando que una mascota no podía equipararse a un miembro de la familia. No obstante, la Corte respaldó la decisión arbitral y dejó en firme el beneficio, aunque con un alcance limitado.

En ‘Revista de la Mañana’, estuvo Diana Londoño, abogada especialista en Seguridad Social y Derecho Laboral, quien ahondó en la determinación de la Corte y explicó que el beneficio consta de un día remunerado que solo cobija a los trabajadores sindicalizados. Es decir, no se trata de un derecho general para todos los empleados en Colombia.

 

 

Según dijo, este día remunerado solo es válido cuando es acordado de forma previa entre empleadores y sindicatos mediante convención colectiva, o entre empleador y trabajadores a través de pactos colectivos. No obstante, también podría incluirse de manera voluntaria en contratos de trabajo o reglamentos internos, si así lo decide la empresa.

“Hay que hacer la claridad que no siempre se requiere una convención colectiva. Eso se puede hacer por medio del contrato de trabajo, del reglamento interno de trabajo y de las prebendas que tenga el empleador en esa empresa. Entonces, si yo como empleadora tengo 50 trabajadores y así no tenga convención colectiva ni pacto colectivo, yo les quiero dar un día de salario remunerado por la muerte de su mascota, lo puedo hacer perfectamente”, explicó la experta en derecho laboral.

Lo que sí debe quedar claro es que si el beneficio no está previamente pactado, el trabajador no puede exigirlo como un derecho legal vigente. Así mismo, hay algunos requisitos que deben cumplirse para poder acceder al día remunerado; como que la mascota sea doméstica (No especies silvestres ni exóticas), registrar con anterioridad el animal ante la empresa (únicamente uno por trabajador) y demostrar una convivencia no menor a seis meses. 

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Paralelamente, según explicó Londoño, cursa en el Congreso de la República un proyecto de ley que pretende establecer un día de licencia remunerada para todos los trabajadores colombianos cuya mascota fallezca.

“Se hace mucha referencia en ese proyecto de ley a la diferenciación que hay con la actual licencia por calamidad del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. Son dos cosas totalmente diferentes. En el 57 solamente es luto por personas fallecidas que pertenecen al núcleo familiar, mientras que aquí lo que estamos haciendo es que se está reconociendo la familia multiespecie de una manera indirecta”, refirió Londoño.

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