Prohibidos cosméticos en Colombia que hayan sido probados en animales

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Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

12 de mayo del 2026 - 2:54 pm

Aunque ya existe la ley que impide esta práctica, MinSalud emitió la reglamentación para que se aplique en adelante en los productos que se comercializan en el país.

En Colombia no se permitirá maquillaje, cremas, tratamientos de belleza y demás elementos similares que hayan sido usado para testeados en animales, así lo ratifica la nueva Resolución 0814 de 2026 del Ministerio de Salud que prohíbe la “experimentación, importación, exportación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones” que hayan sido probados en estos seres vivos.

La norma reglamenta la Ley 2047 de 2020 que en el artículo seis solicita al Gobierno Nacional tomar medidas para que en el país no se permita la rotación de dichos cosméticos. Así las cosas, las personas naturales y jurídicas que hagan parte del sector deberán presentar ante el Invima, de manera obligatoria, un ‘Formato de conformidad’ donde declaren que sus productos e ingredientes del mismo “no han sido objeto de pruebas en animales.”

Ver Ley 2047 de 2020 completa aquí.

Este documento tiene la misma vigencia que la Notificación Sanitaria Obligatoria – NSO y comenzó aplicarse desde finales del mes de abril del año en curso en adelante. Es decir que los cosméticos nuevos que se fabriquen o se importen a Colombia deberán cumplir esta condición, de lo contrario se les rechazará el trámite.

En cuanto a los artículos que ya se comercializan, la norma indica que el ‘Formato de conformidad’ podrá anexarse de manera voluntaria, “No obstante, en los procesos de renovación, su presentación será de carácter obligatorio”.

Excepciones

La Resolución contempla casos específicos en los que se permite el uso de datos de pruebas animales, siempre que se sustenten técnicamente ante el Invima:

· Cuando un ingrediente requiera testeos de seguridad por riesgos a la salud o el ambiente y no existan alternativas validadas.

· Cuando los datos de seguridad se hayan generado para un propósito distinto al cosmético.

Avances en Colombia en la prohibición

Aunque la Ley existe desde el 2020, no se había reglamentado; solo en el año 2022 se adoptó la Resolución 2310 sobre el ‘Etiquetado de Productos Cosméticos’ que estableció la Comunidad Andina que integran los países del ‘Acuerdo de Cartagena’, en ese instante Colombia hacía parte de este grupo.

Ver Resolución 2310 completa aquí.

Para esa época el Invima publicó la Resolución de la Comunidad y en adelante los artículos incluyeron en sus envases, una etiqueta que informaba si estaba libre de experimentación animal.

Con la nueva Resolución 0814 de 2026 del Ministerio de Salud, se busca garantizar la comercialización de productos libres de esta práctica.

Ver Resolución 0814 completa aquí.

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