¿Ya conoce el programa ‘Salvavidas al Empleo’?
Foto: Bien Informado
La medida será temporal y busca apoyar a las micro y pequeñas empresas de la ciudad durante la transición generada por el aumento del salario mínimo.
El programa contempla un apoyo económico por cada trabajador formal que devengue un salario mínimo, cuyo monto varía según el sexo registrado en la cédula: $800.000 para mujeres, personas trans y no binarias, y $700.000 para hombres.
“Somos conscientes del reto que implica mantener a los empleados formales que ganan el salario mínimo para una microempresa. La apuesta que hemos organizado y diseñado busca generar un salvavidas a ese empleo. Darles un apoyo temporal a las micro y pequeñas empresas para que mantengan y no despidan a sus trabajadores”, expresó el alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán.
¿Quiénes pueden acceder al incentivo?
Para acceder a ‘Salvavidas al Empleo’, las micro y pequeñas empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:
· Estar legalmente constituidas y activas en la Cámara de Comercio de Bogotá.
· Tener residencia y operación efectiva en Bogotá, D. C.
· Pertenecer a alguno de los siguientes sectores económicos:
o Alojamiento y servicios
o Comercio y reparación de vehículos
o Industrias manufactureras
o Construcción
o Actividades artísticas, entretenimiento y recreación
o Otras actividades de servicios
o Transporte y almacenamiento
· No ser empresas unipersonales: deben contar con al menos dos empleados formales.
· Postular trabajadoras o trabajadores que devenguen un (1) Salario Mínimo Legal Vigente.
“Para garantizar una focalización efectiva, el incentivo establece topes máximos por empresa: hasta cinco trabajadoras y trabajadores en microempresas y hasta diez
en pequeñas empresas”, señaló María del Pilar López, secretaria Distrital de Desarrollo Económico.
Cronograma de ‘Salvavidas al Empleo’
Las micro y pequeñas empresas interesadas pueden consultar la información completa y diligenciar el formulario de inscripción en el siguiente enlace.
Inscripciones
· Abiertas hasta el viernes 27 de febrero de 2026.
Documentos requeridos:
· Copia del RUT de la empresa.
· Copia de los contratos de trabajo de las y los empleados a postular, donde consten fechas de vigencia y remuneración equivalente a un (1) Salario Mínimo Legal Vigente.
· Copia de un documento de identidad de las y los empleados a postular.
· Certificación bancaria de la empresa.
Etapas posteriores:
· Marzo: Notificación a las empresas que cumplieron los requisitos y quedaron habilitadas.
· Del 1 al 15 de abril: Las empresas seleccionadas deberán presentar la información de los pagos de seguridad social correspondientes a febrero y marzo de cada trabajador postulado.
· Desde abril: Se realizarán los pagos del incentivo, una vez los empresarios presenten la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
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