Lo que debe saber sobre la declaración de renta en el 2024

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Foto: El Tiempo

LAUD

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09 de enero del 2024 - 11:37 am

La declaración de renta en Colombia para el año 2024 experimentará algunas modificaciones, debido a los ajustes en la Unidad de Valor Tributario (UVT) los cuales afectarán las bases mínimas de retención hasta los umbrales de patrimonio que tiene en cuenta la DIAN.

De acuerdo con el párrafo sexto del artículo del Estatuto Tributario, los contribuyentes que durante el año 2023 hayan obtenido ingresos superiores a los 59.3 millones de pesos equivalente a los 1.400 UVT, se verán en la obligación de declarar renta para este año.

Cabe destacar, que el tope de descuento a personas naturales por rentas laborales para el año pasado fue de 790 UVT, es decir 33’505.480 y en 2024 está en 37’181.350.

Así mismo, quedarán exentos del impuesto los ciudadanos cuyo patrimonio bruto no supere los 211,7 millones de pesos al cierre del año fiscal. Además, en este grupo de quienes no deberán responder por el impuesto, también entran aquellos cuyos ingresos brutos no alcancen o superen los 65, 8 millones de pesos en el año gravable.

De igual manera, en relación con el consumo mediante tarjetas de crédito, estarán exentos aquellos cuyos gastos no superen los 65, 8 millones de pesos, manteniendo el mismo limite para consumos y compras.

Es necesario tener en cuenta los cambios propuestos para el contribuyente tras la implementación de la nueva Reforma Tributaria, entre los que se destacan:

- Se permitirá deducir rentas exentas, cesantías, indemnizaciones por fallecimiento, entre otros, pero con una reducción significativa. Anteriormente, se podían deducir 2,880 Unidades de Valor Tributario (UVT), mientras que con la nueva ley solo se permitirá deducir 790 UVT, lo que implica una disminución en la cantidad deducible y, por ende, un aumento en la obligación de pago.

- La deducción de intereses de préstamos para vivienda, Icetex u otros créditos educativos también se verá afectada. Antes, se podía deducir hasta el 40%, equivalente a 5.040 UVT. Sin embargo, con la reforma, esta deducción se reduce a 1.340 UVT, lo que significa que ya no se podrá deducir el mismo monto que en períodos anteriores.

Finalmente, los plazos para la presentación de la declaración de renta y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario de las personas naturales y las sucesiones ilíquidas correspondientes al año gravable 2023, se dará entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.

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