Hijos de padres alimentarios morosos podrán salir del país sin permiso

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Foto: El País

Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

22 de marzo del 2024 - 9:55 am

La excepción aplica para los hijos menores de edad que alguno de sus progenitores esté reportado en el REDAM por un juez o una autoridad competente.

En 2021 se implementó en Colombia el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM, por medio del cual se conocen a los padres y madres de niños y adolescentes que están demandados por sus obligaciones de alimentos. Este reporte permite tomar medidas en contra de las personas deudoras desde la imposibilidad de obtener un crédito hasta celebrar un contrato con el Estado. Sin embargo Migración Colombia informó otra de las consecuencias.

“En el caso en que un menor de edad requiera salir del país y alguno de sus padres se encuentre reportado por un juez o autoridad competente en la base de datos del REDAM, este podrá hacerlo siempre y cuando el progenitor que esté tramitando la salida del menor del territorio colombiano, presente un certificado emitido por MIN TIC”, indicó por medio de un comunicado.

La entidad señaló que los oficiales validarán la autenticidad del documento presentado por el padre o la madre, corroborando la información del certificado en la plataforma a través del código QR emitido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cual contiene: Nombre del moroso, identificación, fecha de expedición, vigencia del certificado y código de validación (QR).

Así mismo recordó las recomendaciones que se deben tener en cuenta para viajar fuera de Colombia con un menor de edad:

• Contar con el pasaporte válido y vigente.

• Copia legible física o digital del Registro Civil de Nacimiento.

• Tiquete de viaje.

• En caso de viajar sin uno o sin ambos padres, deberá presentar el permiso de salida del país que autorice, el cual es indispensable que esté autenticado en notaría pública o Consulado de Colombia en el exterior (con excepción de los registrados en el REDAM).

• Diligenciar el formato sugerido de salida del país, el cual se puede descargar en la página web de Migración Colombia.

Las personas que son reportadas como morosas son aquellas que, sin justa causa, no han pagado más de tres cuotas alimentarias y estén establecidas en cualquier título ejecutivo, acuerdo conciliatorio o sentencia ejecutoriada.

Otras consecuencias:

• No podrá perfeccionar la enajenación de bienes, muebles o inmuebles.

• Se impedirá su salida del país y no podrá realizar algún trámite migratorio.

• No se podrá nombrar ni tomar posesión de ningún cargo público.

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