Cambios en los precios de los trámites ante la Registraduría Nacional

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Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil

Yudy Carolina Carmona Arellano

Yudy Carolina Carmona Arellano

19 de febrero del 2026 - 1:20 pm

Los valores comenzarán a aplicar desde primero de marzo en servicios como duplicados de cédula, registros civiles, tarjetas de identidad y demás servicios. Aquí las exoneraciones.

La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó la tabla de precios de 2026 correspondiente a los trámites que la ciudadanía puede realizar en la entidad, los cuales presentarán un incremento según la variación del Índice de Precios al Consumidor – IPC, de acuerdo a la Ley 1163 de 2027.

Estos valores comenzarán a regir a partir del 1 de marzo:

 

Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil

¡Para tener en cuenta!

Al solicitar el duplicado de cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o duplicado de tarjeta de identidad se puede realizar:

· De forma presencial en las entidades autorizadas

· Virtual por medio de la página web de la Registraduría, en el botón de pagos PSE en la opción ‘Duplicado en línea’. En este caso no requiere asistir a ninguna sede ya que el ciudadano recibirá la réplica del último documento tramitado en la Registraduría.

¿Quiénes no deben pagar?

De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, los siguientes son los grupos poblacionales beneficiados con la exoneración del pago de los servicios de registro civil y documento de identificación:

· Personas que por primera vez solicitan la cédula de ciudadanía

· Población Sisbén IV, todos los subgrupos pertenecientes al grupo A

Aplica para la excepción una sola vez y cobija a los colombianos residentes en el exterior.

En los siguientes casos debe tener en cuenta que la autorización de la exoneración es competencia de los delegados departamentales, registradores distritales o cónsules, por lo tanto, luego de hacer la solicitud de la misma recibirá respuesta dentro de los tres días siguientes indicando la viabilidad del trámite:

· Población desplazada por la violencia y población víctima registrada en el Registro Único de Víctimas

· Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado

· Persona perteneciente a la comunidad LGTBI en condición de vulnerabilidad

· Persona con discapacidad en condición de pobreza

· Persona habitante de calle

· Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales

· Personas repatriadas que requieran asistencia y ayuda social del Estado

· Personas que se encuentren recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios del país y quienes se encuentren en centros especializados para adolescentes privados de la libertad

· Persona perteneciente a comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia

Conozca al detalle de la exoneración, aquí.

Con información de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

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